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Corte de Antofagasta declara ilegal interceptación telefónica a Josefina Huneeus en Caso ProCultura

Corte de Apelaciones de Antofagasta declaró ilegal la interceptación del teléfono de Josefina Huneeus en el caso ProCultura.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de amparo y declaró ilegales las interceptaciones telefónicas contra la psiquiatra Josefina Huneeus Lagos, en el marco de la investigación del caso ProCultura. El tribunal acusó graves vulneraciones de garantías constitucionales, uso abusivo de medidas intrusivas y falta de control judicial efectivo.

📵 Fiscalía escuchó a una testigo como si fuera imputada

La interceptación se inició el 2 de octubre de 2024, cuando la Fiscalía Regional de Coquimbo, a cargo del fiscal Patricio Cooper y su unidad SACFI-ECOH, pidió intervenir teléfonos asociados a imputados del caso. Uno de ellos resultó ser el número de Josefina Huneeus, ex pareja del imputado Alberto Larraín.

Pese a que la Fiscalía fue advertida del error por la PDI, en vez de detener la escucha —como lo exige la ley— solicitó “mantener” la medida. Sin fundamento legal alguno, argumentó que Huneeus tenía conocimiento de los hechos investigados.

“Resulta chocante aceptar que los funcionarios policiales fueran incapaces de descubrir que se trataba de una voz femenina y no masculina”, criticó la Corte.

⚖️La Corte califica de “actuar propio de tiempos pretéritos”

El fallo tildó de inaceptable que se mantuviera la interceptación por más de cuatro meses, sin indicios suficientes de participación criminal por parte de la amparada.

“Se han validado actuaciones propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales eran vulneradas por agentes del Estado”, sostuvo la resolución.

Además, la Corte evidenció que el Ministerio Público solicitó renovaciones de la interceptación mediante fórmulas genéricas, sin identificar hechos ni justificar la necesidad de la medida respecto de Huneeus.

❌Fiscalía omitió su deber legal de detener la interceptación

Según el artículo 222 del Código Procesal Penal, al constatarse que las condiciones para una interceptación no existen, esta debe ser suspendida de inmediato. Pero el persecutor no sólo no detuvo la medida, sino que utilizó su contenido para convertir a la psiquiatra en imputada recién el 10 de diciembre de 2024.

“No puede tolerarse que una resolución no dé suficiente cuenta de las razones que se tuvieron en cuenta para acceder a medidas tan invasivas”, advirtió la Corte.

☎️Conversación con el Presidente Boric y abuso del poder

Entre las comunicaciones interceptadas se encontró una llamada con el Presidente de la República, Gabriel Boric. Esto llevó a la Fiscalía a pedir autorización para interceptar el teléfono del mandatario, lo que fue rechazado por el tribunal por falta absoluta de fundamentos.

“La Fiscalía se comportó como policía y no ajustó sus actuaciones a la legalidad vigente”, sentenció el tribunal.

🗑️Corte ordena eliminar todo rastro de la interceptación

El fallo deja sin efecto las resoluciones judiciales de 16 de octubre, 6 de diciembre de 2024 y 10 de febrero de 2025, dictadas por la jueza Sissi Bertoglio-Talap, así como todas las diligencias derivadas de esas decisiones.

“Todo lo obtenido mediante estas escuchas ilegales deberá ser eliminado de la investigación”, ordenó la Corte, en un fallo redactado por el fiscal judicial Rodrigo Padilla Buzada.

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